La víctima perdió la vida luego de caer en la pileta del club, en un hecho ocurrido fuera de la temporada de verano, mientras se llevaba a cabo una fiesta privada. El trágico accidente generó conmoción entre los asistentes y motivó investigaciones sobre las medidas de seguridad. 

El Club Atlético River Plate de Inrriville, en Córdoba, fue condenado a pagar una indemnización por la muerte de un niño que se ahogó en su pileta durante una fiesta fuera de la temporada de verano. Según el fallo judicial, la entidad deportiva tiene un 80% de responsabilidad en el trágico hecho.

El Juzgado Civil, Comercial, Conciliación y Familia de 2° Nominación de Marcos Juárez resolvió que el club debía compensar a los padres del menor, de dos años, quien desapareció durante un evento en el predio y fue hallado minutos después sumergido en la piscina olímpica. La familia explicó en la demanda que su hijo se extravió mientras ellos se encontraban en el quincho del club y que, tras una rápida búsqueda, lo encontraron en la profundidad de la pileta.

El club intentó eximirse de responsabilidad argumentando que los padres no cumplieron con su deber de vigilancia. Sin embargo, el juez Edgar Amigó Aliaga determinó que la piscina presentaba agua estancada con algas verdes, que el cerramiento perimetral no impedía el ingreso de personas y que no había personal encargado de supervisar el sector. Además, destacó que la institución tiene un deber de previsión mayor que los asistentes a sus instalaciones.

El fallo consideró que la culpa de los padres debía tomarse como un factor atenuante, pero que no eximía al club de su responsabilidad. Finalmente, se asignó un 80% de la responsabilidad a la institución y un 20% a los progenitores del niño, estableciendo la obligación del club de indemnizar a la familia por el trágico accidente.